DOMINGO GARCIA RADA

Presentación

EL JUEZ Y SUS AMIGOS

 

Alex R. Zambrano Torres

Máximo B. Torres Cruz

 

 

 "El buen juez condena el delito, pero no ultraja al delincuente." Séneca

 

La presente recopilación se ha realizado en mérito a la trascendencia que tienen los jueces en una sociedad creyente en la justicia y en la paz social, y en la que son ineludiblemente imprescindibles para otorgar no sólo el derecho a quien le corresponde sino permitir la convivencia en paz, ajustar las conductas a derecho y asegurar la perpetuidad de la especie. El Derecho no es sólo la «darle a cada cual lo que le corresponde» (Ulpiano) sino «no quitarle a cada cual lo que le corresponde».

 

Los textos compilados son: 1.- ELOGIO DE LOS JUECES ESCRITO POR UN ABOGADO, de Piero Calamandrei; 2.- EL JUEZ, de Rudolf Stammler; 3.- NUESTROS MAGISTRADOS, de Manuel González Prada; 4.- EL JUEZ, de Francesco Carnelutti; 5.- MEMORIAS DE UN JUEZ, de Domingo García Rada; 6.- EL JUEZ, de Luis Antonio Eguiguren; 7.- DEFENSA DE LOS JUECES, de Alfonso Trueba Olivares; 8.- EL BUEN JUEZ, de Azorín. Textos que han sido seleccionados por la trascendencia de su contenido y la relevancia de los autores; quienes desde diversas perspectivas, la del jurista, abogado, filósofo, cuentista, escritor, han descrito al juez en sus también diversas cualidades, pero con  una única e inobjetable función: administrar justicia. La Filosofía, dogmática o literatura que hay en la presente recopilación revela la noble función del magistrado y la necesidad de su sabiduría, dinamismo y equilibrio.

 

Los textos sólo son útiles a la imaginación y a la capacidad cognoscitiva del lector, que encontrará lo que su espíritu esté preparado para observar, apreciar y para hacerse una idea que en la vida todos, de alguna manera, ejercen esta condición natural -monopolizada y encarnada en el juez- de juzgar, decir quién tiene el derecho y quién no; siendo que sólo el juez está legitimado para aquella función y para el cumplimiento de sus decisiones al respecto.

 

Son muchas cosas que se pueden escribir sobre el juez, desde la Historia (Salomón), la Literatura (El Mercader de Venecia), la Filosofía (El Juez de Stamler), el Derecho (Elogio de los jueces escrito por un abogado), etc., y aunque su trascendencia y las funciones que cumple parecen centrarse en una sola (administrar o impartir justicia) las funciones o conductas que adopta sobre dicha aptitud tienden a cambiar en el tiempo; así en el derecho penal el juez ha pasado en el último periodo de ser un juez instructor, inquisidor, a ser un juez garantista; sus funciones cambian radicalmente, pues si antes tenía el deber de dirigir la investigación, solicitar las pruebas, comandar las operaciones de investigación, ahora hacer aquello significaría «contaminarlo»; el juez se convierte en un aplicador de la justicia y ya no en un ejecutor de las pruebas, así el juez sigue «administrando justicia», pero con diferentes instrumentos. Por otro lado, se han concebido significados como «juez natural», «juez hercúleo» y hasta «juez epicúreo», que han intentado representar una cualidad funcional del juez y la vez darle el contenido y dimensión necesaria para la conexión entre la institución justicia y la sociedad; y es que la necesidad de proporcionar la verdadera medida de lo que es el juez es una constante en el tratamiento académico y jurídico para «perfeccionar» al juez.

 

Es necesario recordar que el juez antes que entidad legal es una «persona de carne y hueso» (usando términos de Miguel de Unamuno), y que su conformación como facultado para administrar justicia no le quita aquella calidad, sino más bien lo potencia y a la vez lo responsabiliza por sus decisiones. El Juez se convierte en un super hombre, o super mujer (según el caso), en el sentido que Nietzsche le daría al término (el hombre es un puente entre el mono y el superhombre); de esta forma el juez tiene o debe haber superado la condición normal de ciudadano y se convierte en alguien responsabilizado, obligado a ser «justo»; es esta su condición nuclear (actuar con justicia) la que lo hace un super ser humano.

 

Sin embargo en nuestra sociedad muchas son las críticas sobre su actuación; críticas que olvidan, obvian o desconocen la verdadera labor del juez, desde administrar justicia hasta participar en comisiones administrativas judiciales para lograr el mejor funcionamiento del Poder Judicial. No se piensa que examina cientos y cientos de expedientes, que su labor sobrepasa los horarios laborales comunes, que además de ejercer sus funciones tiene también que llevar en si la carga mental de haber dado tal o cual sentencia, que tiene que sufrir los malentendidos, incomprensiones y hasta malicia de quienes han perdido la causa en un litigio. Todos olvidan que el juez tiene que cargar con la mayor de los pesos (resolver los problemas de toda la sociedad); que los problemas no se han generado en el juicio sino en el exterior, en la propia sociedad; que el juez lo que ve es el delito ya expuesto, el conflicto ya realizado, es decir, el juez interviene con su «equilibrio» después del hecho conflictivo, ilícito o de la infracción consumada. Pocos se atreven a decir de la valía de los jueces por el prurito o malformada superchería de ser tildados de alabanciosos; sin embargo, nosotros creemos que hay la necesidad de afirmar el respeto por los jueces, pues creemos que el respeto genera una conciencia de responder de la misma manera: con respeto. El Juez debe ser respetado no sólo por el cargo que ostenta, sino por la enorme responsabilidad que tiene en su labor y por que a él está encomendada en forma exclusiva y excluyente la labor de dar el derecho (administrar justicia) para prevenir que los conflictos intersubjetivos no se conviertan en venganzas individuales y menos se transformen en guerras privadas.

 

El juez en sus variopintas definiciones ha sido tratado por grandes juristas, como Francesco Carnelutti, aquel autor que escribió filosóficos textos como “El Arte del Derecho”, “Cómo nace el Derecho”, “Metodología del Derecho”, “Las miserias del proceso penal”, “Cómo se hace un proceso”, entre muchos otros libros de diversa y variada materia jurídica. Carnelutti escribía «Y el Juez, cuando escruta en el rostro del acusado la verdad de su vida para saber lo que la sociedad debe hacer de él, no hace más que adivinar. (...) Adivinar indica la necesidad y la imposibilidad del hombre de ver lo que ve solamente Dios.». Pero Carnelutti no intenta decir que el Juez es arbitrario y deja al azar, a los avatares de la adivinanza, su labor de administrar justicia, sino explica o da una reseña de la imposibilidad física –no mental- de poder ver por sus propios medios o sentidos, los hechos. El juez, por ello utiliza una gran herramienta descubierta y potenciada cada vez más –a veces hasta su extremo- como la razón, el uso del razonamiento, el pensamiento, por el cual el juez reconstruye en su mente, a través de las pruebas que se le presentan, los hechos, y aplica el derecho, también a través de la razón. Así, el juez no es un adivino sino un científico, o si se quiere, “un artista del Derecho”. Científico porque utiliza dichos instrumentos para lograr argumentar sus decisiones, artista porque tiene que conciliar la solidez brutal de lo científico con las sensibilidades de la necesidades humanas por tener justicia, encontrar justicia, en un tiempo y espacio que determinan las nociones de justicia y la satisfacción de la misma. De esta forma sui géneris el juez se convierte en un científico y un artista, en las potestades más benéficas de aquellas entidades.

 

Juan Monroy Gálvez, jurista procesal, quién escribió un libro de título sugerente “Para mi otro corazón”, señala «... advertimos que la tendencia actual es privilegiar al Juez creador del derecho». Y es que el juez crea derecho a partir del propio derecho; bastan algunas consideraciones como el uso del principio de integración o de proporcionalidad para entender que el juez «crea» derecho, sin esto ser arbitrario o lesivo a la sociedad, pues sólo se hace a través de instrumentos legítimos. El derecho le da solución al propio derecho y permite que el juez –legitimado para administrar justicia – pueda construir o crear derecho. A lado de dicho razonamiento podemos reseñar el de Carlos Fernández Sessarego que en uno de sus tantos textos sobre la persona (autor del famoso libro “El Derecho como Libertad”, e imprimidor de la teoría tridimensional del Derecho, que al decir de la historia fue un descubrimiento simultáneo al de Miguel Reale) reflexiona sobre si existen o no «vacíos o lagunas legales», siendo que la propia norma le da a los principios generales del derecho la facultad de resolver dichas lagunas; además, tenemos en el ordenamiento legal fundamental, la Constitución, una cláusula, que integra la defensa y garantía de todos aquellos derechos no enumerados específicamente en la Constitución. El juez, entonces, se convierte en un creador, sin ello contradecir la anterior teoría de que el juez es boca de la ley, que en el sentido global representa: “la voluntad general de la sociedad”, y que parafraseando a Luis Diez-Picazo tiende a congeniarse con lo denominado “jurídico”, “lo socialmente necesario de solucionar”. El juez no puede desvincularse de toda su historia, no puede ni debe despojarse de las capas que lo fueron modelando, ni de las nuevas capas que lo remoldean en bien de la sociedad. El juez es un ser integral que necesita convertirse y reconvertirse a la justicia, no es sólo el que administra justicia, es en si mismo la justicia (en cierto tiempo y espacio), de allí que podría enverbarse que la justicia debe provenir de una extensión del concepto de juez.

 

Actualmente incluso «la cara del juez» no puede verse ya como un fruncido peligroso, sino como la imparcialidad hecha carne, donde el rictus de la faz del juez desaparezcan y emerja la sobriedad, el equilibrio, la imparcialidad, la justicia que da paz y no miedo. Así ver a un juez debe producir paz y no miedo, seguridad, garantía y no lo contrario. El juez se convierte en el edificio que permite –como siempre lo repetimos- en aquel personaje que permite la «perpetuidad de la especie» a través de la transformación de la venganza privada, de la guerra, a la de la solución pacífica y procesal de los conflictos de intereses o las infracciones penales.

 

El juez no nace sino se hace, como todos las entidades sociales o jurídicas; siendo el término juez una creación social (nadie nace juez o jueza), la solidez de dicha institución jurídica no corresponde sólo a quien reviste la toga de magistrado, sino, además y no excluyentemente, a toda la sociedad; así cada sociedad tiene siempre el juez que construyó y permitió; recordemos que en una sociedad nada es unitario, sino que todo es en correspondencia con el carácter, posición y hasta folclore cultural de cada sociedad. El juez es entonces una creación de la propia sociedad; de esta forma no puede aplicarse el techo teórico de que el hombre nace bueno y la sociedad lo corrompe, porque en el caso del juez, la sociedad no debe corromperlo. Una de las técnicas para evitar que el juez sea corrompido o malformado es, por ejemplo, la implementación de los sistemas de ratificación (cada siete años el juez es sometido a un nuevo examen para probar su idoneidad y continuidad como magistrado) a cargo del Consejo Nacional de la Magistratura; pero antes que aquel, lo que impide la corrupción del juez es su formación espiritual (no digo religiosa), sus principios y valores éticos. No se puede pedir tampoco que el juez sea un santo, porque aquella es una categoría religiosa y no entra en el margen de lo que la sociedad requiere, que es la independencia del magistrado de cualquier factor que pudiera delinear o inclinar sus decisiones, pero si se puede promover el respeto del juez y su función.

 

En nuestro medio tenemos varios tipos de jueces, que en su marco general son: jueces de paz, jueces de primera instancia (jueces constitucionales, penales, civiles, de familia, laborales, contenciosos administrativos, etc.), jueces superiores, jueces supremos, jueces del Tribunal Constitucional; pero también han sido subdivididos en formas diversas como jueces de Salas Penales Nacionales, jueces de investigación preparatoria, jueces unipersonales, jueces colegiados, jueces de apelación,  u otras categorías, como jueces provisionales, jueces supernumerarios, etc. Todos estas son demarcaciones de la competencia del juez a fin que puede aplicar el derecho en forma especializada, sin perderse en la amalgama de lo inefable.

 

La magistratura ha tenido a grandes personajes como Enrique López Albujar, el autor del libro “Matalaché”, quien fuera presidente de la Corte Superior de Justicia de Tacna, hecho que demuestra que la literatura y el Derecho no se encuentran enfrentados sino relacionados no por el texto sino por el conductor de dicho texto: el autor.

 

Piero Calamandrei escribe a su vez: “El buen juez pone el mismo escrúpulo para juzgar todas las causas, aun las más humildes; sabe que no existen grandes y pequeñas causas, porque la injusticia no es como aquellos venenos de los que cierta medicina afirma que tomados en grandes dosis matan, pero tomados en dosis pequeñas curan. La injusticia envenena aun en dosis homeopáticas.”. El autor del “Elogio de los jueces escrito por un juez” agrega: “La independencia de los jueces, esto es, el principio institucional en virtud del cual, en el momento en que juzgan, deben sentirse libres de toda subordinación jerárquica, es un duro privilegio que impone a quien lo disfruta el valor de responder de sus actos sin esconderse tras la cómoda pantalla de la orden del superior.”, “Los jueces, más que los abogados, deberían agradecer al procedimiento sus complicados expedientes, que no parecen hechos para retardar su labor (como se dice con frecuencia), sino para dejar su conciencia en paz.”, “El verdadero peligro no viene de fuera; es un lento agotamiento interno de las conciencias, que las hace aquiescentes y resignadas: una creciente pereza moral, que a la solución justa prefiere, cada vez más, la transacción, porque ésta no turba la vida tranquila y porque la intransigencia exige demasiado trabajo.”, “Justicia es comprensión, es decir, considerar a la vez, y armonizarlos, los intereses opuestos: la sociedad de hoy y las esperanzas del mañana; las razones de quien la defiende y las de quien la acusa.”, “El ceño es un muro, y en cambio, la sonrisa, una ventana.”, “La primera virtud del juez es saber escuchar las razones de los demás: el oído es el sentido más precioso y necesario (el sentido profesional, diríamos) de quien está destinado por su oficio a quedar sentado y silencioso por toda su vida y escuchar a quien habla de pie.”, “El temor de haber pronunciado una sentencia injusta podría ser para un juez con conciencia, tan inquietante, que le impidiera dormir por la noche. Pero sabe que está la apelación; y la idea consoladora de que su error pueda tener remedio, lo ayuda dulcemente a conciliar el sueño. El juez que en el momento de la decisión no ha logrado formarse una opinión segura, se salva de ese martirio invitando al juramento a una de las partes. De ese modo, aunque se pueda admitir que ha jurado en falso, el juez siente que, al decidir de acuerdo con el juramento, su conciencia está tranquila, porque la deuda de la posible injusticia ha sido traspasada a la cuenta del perjuro.”, “El drama del juez es la soledad; porque él, que para juzgar debe estar libre de afectos humanos y colocado en un peldaño más alto que el de sus semejantes, difícilmente encuentra la dulce amistad, que exige espíritus colocados en el mismo nivel, y si ve que se le aproxima, tiene el deber de esquivarla con desconfianza, antes de tener que darse cuenta de que sólo la movía la esperanza de sus favores o de oír que se la censuran como traición a su imparcialidad.”, “El drama del juez es la cotidiana contemplación de las tristezas humanas que llenan todo su mundo, donde no tienen cabida las caras tranquilas y amables de los afortunados que viven en paz, sino sólo los rostros de los atormentados, descompuestos por la inquina del litigio o por el envilecimiento de la culpa.”, “Cuarenta años de experiencia judicial le habían confirmado que justicia no quiere decir insensibilidad; que el juez, para ser justo, no tiene por qué ser despiadado. Justicia quiere decir comprensión; pero el camino más directo para comprender a los hombres es el de acercarse a ellos con el sentimiento.”, “Difícil es para el juez hallar el justo punto de equilibrio entre el espíritu de independencia respecto de los demás y el espíritu de humildad ante sí mismo; ser digno sin llegar a ser orgulloso, y al mismo tiempo humilde y no servil; estimarse tanto a sí mismo como para saber defender su opinión contra la autoridad de los poderosos o contra las insidias  dialécticas de los profesionales, y al mismo tiempo tener tal conciencia de la humana falibilidad que esté siempre dispuesto a ponderar las opiniones ajenas hasta el punto de reconocer abiertamente el propio error, sin preguntarse si ello puede aparecer como una disminución de su prestigio. Para el juez, la verdad ha de significar más que la prepotencia de los demás, pero más también que su amor propio.”.

 

Las comisiones encargadas a los jueces.-

 

La labor del juez es ardua y variada, así además de administrar justicia participa en múltiples actividades judiciales o administrativas como son las siguientes:

 

1) La Comisión de Organización de Cuadro de Mérito y Antigüedad, amparada en la Constitución Política del Estado, el Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial y la Resolución Administrativa N° 011-2007-CE-PJ.

 

2) La Comisión encargada de evaluar los cuadernos de apelación sin efecto suspensivo resueltos de manera definitiva para su incineración, amparada en la Constitución Política del Estado, el Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial, la Resolución Administrativa N° 165-2012-CE-PJ, la Resolución Administrativa N° 029-2012-CE-PJ.

 

3) El Comité Distrital de Control Interno de las Cortes Superiores de Justicia, amparada en la Constitución Política del Estado, el TUO de la Ley Orgánica del Poder Judicial, la Ley N° 28716 “Ley de Control Interno de las Entidades del Estado”, la Resolución de Contraloría General N° 458-2008-CG la “Guía para la Implementación del Sistema de Control Interno de las Entidades del Estado y la Resolución Administrativa N° 161—2009-CE-PJ.

 

4) El Comité de Monitoreo del Sistema Integrado Judicial – SIJ, amparada en la Constitución Política del Estado y el TUO de la Ley Orgánica del Poder Judicial, así como las normatividad del SIJ.

 

5) La Comisión para la organización, coordinación y supervisión del Sistema de Notificaciones electrónicas de las Cortes Superiores de Justicia SINOE, amparada en la Constitución Política del Estado, el TUO de la Ley Orgánica del Poder Judicial y la Resolución Administrativa N° 336-2008-CE-PJ, que aprueba la Directiva N° 015-2008-CE-PJ “Sistema de Notificaciones Electrónicas del Poder Judicial (SINOE-PJ).

 

6) La Comisión coordinadora de magistrados para la realización de Plenos Jurisdiccionales Distritales, Regionales y Nacionales, amparada en la Constitución Política del Estado, el TUO de la Ley Orgánica del Poder Judicial y la Guía Metodológica de Plenos Jurisdiccionales.

 

7) La Comisión Especial encargada del proceso de evaluación y selección de peritos judiciales, amparada en la Constitución Política del Estado, el TUO de la Ley Orgánica del Poder Judicial, la Resolución administrativa N° 609-CME-PJ, el Reglamento de Peritos Judiciales aprobado mediante Resolución Administrativa del Titular del Pliego del Poder Judicial N° 351-98-SE-T-CME-PJ, la Resolución Administrativa del Titular del Pliego del Poder Judicial N° 083-99-SE-TP-CME-PJ.

 

8) El Comité especial permanente de procesos de selección de adjudicación de menor cuantía, adjudicación directa y de procesos de selección, amparada en la Constitución Política del Estado, el Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial, la Ley de Contrataciones del Estado - Decreto Legislativo N° 1017, el Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado- Decreto Supremo N° 184-2008-EF.

 

9) La Comisión permanente de selección de personal para la cobertura de plazas vacantes de la Corte Superior de Justicia, amparada en la Constitución Política del Estado, el TUO de la Ley Orgánica del Poder Judicial, la Resolución Administrativa N° 020-2010-CE-PJ que aprueba la Directiva N° 003-2010-CE-PJ denominada “Reglamento para el Desarrollo de Concursos de Selección de Personal en el Poder Judicial”.

 

10) La Comisión de Elección y Selección de Jueces de Paz, amparada en la Constitución Política del Estado, el TUO de la Ley Orgánica del Poder Judicial, la Ley N° 29824 “Ley de Justicia de Paz” y la Resolución Administrativa N° 098-2012-CE-PJ.

 

11) La Comisión de Planificación de la Corte Superior de Justicia, amparada en la Constitución Política del Estado, el TUO de la Ley Orgánica del Poder Judicial y la Resolución Administrativa N° 308-2011-P-PJ de la Presidencia del Poder Judicial que aprobó la Directiva N° 02-2011-GG-PJ denominada “Normas y Procedimientos para el proceso de Planeamiento Operativo de las dependencias del Poder Judicial”.

 

12) Comisiones para implementar mecanismos de predictibilidad, celeridad y eficiencia de los órganos jurisdiccionales, amparada en la Constitución Política del Estado, el TUO de la Ley Orgánica del Poder Judicial y la Resolución Administrativa N° 045-2009-CE-PJ.

 

13) La Sub Comisión de Inventario de las Cortes Superiores de Justicia, amparada en la Constitución Política del Estado, el TUO de la Ley Orgánica del Poder Judicial, la Resolución Administrativa N° 335-2012-GAF-GG/PJ.

 

14) La Comisión de Descarga Procesal en las Cortes Superiores de Justicia, amparada en la Constitución Política del Estado, el TUO de la Ley Orgánica del Poder Judicial, la Resolución Administrativa N° 029-2008-CE-PJ.

 

15) La Comisión de Capacitación en las Cortes Superiores de Justicia, amparada en la Constitución Política del Estado, el TUO de la Ley Orgánica del Poder Judicial, y la Resolución Administrativa N° 121-2008-CE-PJ que aprueba la Directiva N° 008-2008-CE-PJ.

 

16) La Comisión de Asuntos Legales de las Cortes Superiores, amparada en la Constitución Política del Estado, el TUO de la Ley Orgánica del Poder Judicial y la Resolución Administrativa N° 179-2004-CE-PJ.

 

17) La Comisión de Arqueo de Caja de las Cortes Superiores de Justicia, amparada en la Constitución Política del Estado, el TUO de la Ley Orgánica del Poder Judicial, la Resolución Administrativa  de la Gerencia Administrativa y Finanzas del Poder Judicial Nº 002-2011-GAF-GG-PJ que aprueba la Directiva Nº 001-2011-GAF-GG/PJ “Procedimientos para la Adecuada Administración del Fondo para Pagos en Efectivo del Poder Judicial”, la Resolución Administrativa de la Gerencia Administrativa y Finanzas del Poder Judicial N° 003-2011-GAF-GG-PJ que aprueba la Directiva N° 002-2011-GAF-GG/PJ “Procedimientos para otorgar viáticos y otras asignaciones por comisión de servicio en el Poder Judicial”.

 

18) La comisión de actividades deportivas y de recreación, amparada en la Constitución Política del Estado y el TUO de la Ley Orgánica del Poder Judicial.

 

19) La Comisión de magistrados para la implementación del Código Procesal Penal, amparada en la Constitución Política del Estado, el TUO de la Ley Orgánica del Poder Judicial, la Resolución Administrativa N° 053-2008-CE-PJ, en cuanto resulte aplicable a nuestra Corte Superior.

 

20) La comisión permanente de selección de personal bajo el régimen especial de contratación administrativa de servicios, amparada en la Constitución Política del Estado, el TUO de la Ley Orgánica del Poder Judicial, el Decreto Legislativo N° 1057 , el Reglamento del Decreto Legislativo N° 1057, la Resolución Administrativa de la Presidencia del Poder Judicial N° 282-2010-P-PJ, la Resolución Administrativa de la Gerencia General del Poder Judicial N° 762-2010-GG-PJ, la Resolución Administrativa N° 040-2011-GG-PJ.

 

21) La Comisión de actualización de las Guías de orientación al usuario de los servicios judiciales de las Cortes Superiores, amparada en la Constitución Política del Estado, el TUO de la Ley Orgánica del Poder Judicial, la Directiva N° 007-2009-GG-PJ denominada “Lineamientos para la Formulación de las Guías de Orientación al Usuario de los Servicios del Poder Judicial”.

 

22) La Sub Comisión de Inventario de las Cortes Superiores de Justicia, amparada en la Constitución Política del Estado, el TUO de la Ley Orgánica del Poder Judicial y la Resolución Administrativa N° 335-2012-GAF-GG/PJ.

 

23) La Comisión Distrital de Implementación del Nuevo Código Procesal Penal en los Distritos Judiciales, amparada en la Constitución Política del Estado, el TUO de la Ley Orgánica del Poder Judicial, el Decreto Supremo N° 007-2006-JUS y el Código Procesal Penal.

 

24) El Equipo Técnico Distrital para la Implementación del Nuevo Código Procesal Penal en la  Corte Superior de Justicia, amparada en la Constitución Política del Estado, el TUO de la Ley Orgánica del Poder Judicial, Resolución Administrativa N° 053-2008-CE-PJ, la Resolución Administrativa N° 039-2012-CE-PJ, el Código Procesal Penal.

 

25) Las Sub Comisiones de la Comisión Distrital de Implementación del Código Procesal Penal, amparada en la Constitución Política del Estado, el TUO de la Ley Orgánica del Poder Judicial, el Decreto Supremo N° 007-2006-JUS, el Nuevo Código Procesal Penal.

 

26) Comisión encargada de convocatoria de selección de abogados hábiles para ejercer el cargo de supernumerarios, amparada en la Constitución Política del Estado, el TUO de la Ley Orgánica del Poder Judicial, la Ley de la Carrera Judicial – Ley N° 29277, el Texto Único Ordenado del Reglamento de Concursos para el acceso abierto en la selección y nombramiento de jueces y fiscales. CNM, el Reglamento del Registro Distrital Transitorio de Jueces Supernumerarios. R.A. N° 243-2009-CE-PJ, la Resolución Administrativa N° 053-2011-CE-PJ y la Resolución Administrativa N° 243-2009-CE-PJ.

 

27) La Comisión del Programa Justicia en tu Comunidad, amparada en la Constitución Política del Estado, el TUO de la Ley Orgánica del Poder Judicial y la Resolución Administrativa N° 037-2011-CE-PJ.

 

28) La Comisión Distrital para el otorgamiento del Premio a la Excelencia Judicial, amparada en la Constitución Política del Estado, el TUO de la Ley Orgánica del Poder Judicial, la Resolución Administrativa N° 192-2007-CE-PJ Creación de la Comisión Distrital para el Otorgamiento del Premio a la Excelencia Judicial, la Resolución Administrativa N° 292-2007-CE-PJ – Reglamento para el Otorgamiento del Premio a la Excelencia Judicial.

 

29) El Sub Comité de Seguridad e Higiene de las Cortes Superiores de Justicia, amparada en la Constitución Política del Estado, el TUO de la Ley Orgánica del Poder Judicial, la Resolución Administrativa N° 163-2009-CE-PJ.

 

30) El Comité Electoral Distrital del Sub Comité de Administración del Fondo de Asistencia y Estímulo - Sub Cafae, de la Cortes Superior de Justicia, amparada en la Constitución Política del Estado, el TUO de la Ley Orgánica del Poder Judicial, el Reglamento General para el Proceso de Elecciones de los Representantes de los Trabajadores en el Comité de Administración del Fondo de Asistencia y Estímulo de los Trabajadores del Poder Judicial CAFAE-PJ.

 

31) La Mesa de Trabajo Interinstitucional del Servicio de Orientación al Adolescente Infractor en el Distrito Judicial, amparada en la Constitución Política del Estado, el TUO de la Ley Orgánica del Poder Judicial, el Código de los Niños y Adolescentes y la Sentencia emitida en el Expediente N° 03386-2009-PHC/TC.

 

32) El Equipo Distrital para fines del proyecto de presupuesto para el año fiscal, amparada en la Constitución Política del Estado, el TUO de la Ley Orgánica del Poder Judicial, la Resolución Administrativa Nº 126-2011-CE-PJ, de fecha 27 de abril del 2011  del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial que aprueba la Directiva N° 003-2011-CE-PJ  sobre “Pautas para la Formulación del Presupuesto Institucional del Poder Judicial para el Año Fiscal 2012”.

 

33) Comisión encargada del proceso de evaluación, selección y otorgamiento de la concesión para el servicio de fotocopiado, amparada en la Constitución Política del Estado, el TUO de la Ley Orgánica del Poder Judicial.

 

34) El Comité de Gestión del WawaWasi, amparada en la Constitución Política del Estado, el TUO de la Ley Orgánica del Poder Judicial y el Decreto Supremo N° 002-2007-MIMDES.

 

35) Comité editorial de la revista institucional de la Corte Superior de Justicia, amparada en la Constitución Política del Estado, el TUO de la Ley Orgánica del Poder Judicial, y la Directiva N° 007-2008-CE-PJ para la Publicación de revistas en las Cortes Superiores de Justicia, aprobada mediante Resolución Administrativa N° 121-2008-CE-PJ.

 

36) Comisión encargada de elaborar el Plan de acción a mediano plazo para la Corte Superior de Justicia, amparada en la Constitución Política del Estado y el TUO de la Ley Orgánica del Poder Judicial.

 

Cargos y representaciones administrativas.-

 

Los jueces también participan en encargaturas internas y  representaciones con la sociedad, así tenemos las siguientes cargos y representaciones:

 

1) Comité Multisectorial para erradicar la violencia familiar y procurar el fortalecimiento de las familia, implementado por la Municipalidad Provincial, amparada en la Constitución Política y el TUO de la Ley Orgánica del Poder Judicial.

 

2) Representante ante el Comité Provincial de Seguridad Ciudadana, amparada en la Constitución Política, el TUO de la Ley Orgánica del Poder Judicial y la Ley Nº 27933.

 

3) Representante ante el Comité de Seguridad Ciudadana, amparada en la Constitución Política, el TUO de la Ley Orgánica del Poder Judicial y la Ley Nº 27933.

 

4) Encargado de efectuar el endoso de los certificados de depósito judiciales, amparada en la Constitución Política, el TUO de la Ley Orgánica del Poder Judicial y la normatividad respectiva.

 

5) Responsable de los remates de las cosas materia de delitos y efectos decomisados en las Cortes Superiores de Justicia, amparada en la Constitución Política del Estado, el TUO de la Ley Orgánica del Poder Judicial y la Resolución Administrativa Nº 127-SE-TP-CME-PJ.

 

6) Juez Coordinador para el año judicial, amparado en la Constitución Política y el TUO de la Ley Orgánica del Poder Judicial.

 

7) Magistrados coordinadores en materia civil laboral, constitucional y de familia, amparada en la Constitución Política y el TUO de la Ley Orgánica del Poder Judicial.

 

8) Comité Ejecutivo Regional de la Mesa de Concertación para la lucha contra la pobreza, amparada en la Constitución Política y el TUO de la Ley Orgánica del Poder Judicial.

 

9) Responsable del control de asistencia al centro laboral para los magistrados, amparada en la Constitución Política, el TUO de la Ley Orgánica del Poder Judicial y la Directiva N° 002-97-SE-TP-CME-PJ.

 

10) Designación del Jurado Electoral Especial, amparada en la Constitución Política, el TUO de la Ley Orgánica del Poder Judicial y la Ley Orgánica del Jurado Nacional de Elecciones – Ley N° 26486 modificado por la Ley N° 29688.

 

11) Representante ante el Comité Técnico del Plan Regional de la Niñez, Infancia, Adolescencia y del Adulto Mayor del Gobierno Regional, amparada en la Constitución Política y el TUO de la Ley Orgánica del Poder Judicial.

 

12) Representación ante el Comité Directivo Regional para la prevención y erradicación del trabajo infantil – CDRPETI, amparada en la Constitución Política, el TUO de la Ley Orgánica del Poder Judicial y la Resolución Ejecutiva Regional N° 725-2008-PRES.

 

Las grandes frases sobre los jueces.-

 

Muchos grandes autores, filósofos, juristas, literatos, políticos, etc., han reflexionado sobre el juez, aquí algunas: - "El buen juez condena el delito, pero no ultraja al delincuente." Séneca - "El juez no debe ser joven, sino viejo."  Platón - "El juez resulta condenado cuando absuelve al culpable." Publio Siro - "La ley se relaja cuando el juez da muestras de compasión. " Publio Siro - "Un juez procede injustamente cuando sólo escucha a una de las partes, aun cuando decida en justicia." Séneca - "Los jueces deben recordar que su misión es jus dicere, y no jus dare: interpretar a ley, y no hacerla o dictarla." Francis Bacon - "Los jueces no contestan a cuestiones de hecho; los jurados no contestan a cuestiones de ley." Edward Coke - "El juez no es otra cosa que el vocero de la ley." Benjamín Whichcote - "Debemos recordar que tenemos que hacer jueces con hombres y que por el hecho de ser nombrados jueces no disminuyen sus prejuicios ni aumenta su inteligencia." Ingersoll - "Cuando un juez se aparta de la letra de la ley, se convierte en un infractor de las leyes." Francis Bacon - "El juez bueno y fiel prefiere lo justo a lo conveniente." Horacio

 

Por último cabe decir que el presente texto compilatorio ha sido realizado sólo con la finalidad académica de difundir la cultura judicial y el respeto y cariño a nuestras nobles instituciones.

"QUIERO SER JUEZ"

REGISTRO DE ASPIRANTES A JUECES

El presente es un Registro para los aspirantes a SER JUEZ, y consiste en un Formulario Virtual que podrán llenar aquellos abogados, esposas, familiares, amigos, interesados en recibir información sobre las convocatorias a nivel nacional para postular a ser Juez en el Perú.

Es decir, si quieres recibir información sobre las futuras convocatorias para Juez, sólo tienes que ingresar tus datos, sin necesidad de registrarte, ni dar mayores detalles de tus datos personales, y nosotros te avisaremos (a tu e-mail) sobre las futuras convocatorias que son de nuestro conocimiento.

Haz click en el siguiente enlace: "QUIERO SER JUEZ", para llenar el formulario. 

Este es un servicio gratuito, y puede acceder cualquier persona interesada.